Documentos para Publicar el Edicto de Sucesión Intestada
Documentos para publicar el edicto de sucesión intestada en El Peruano:VÍA NOTARIAL: (1) Edicto original firmado y sellado por el Notario Público + (2) DNI del solicitante + (3) texto del edicto en Word.VÍA JUDICIAL: (1) Resolución judicial firmada y sellada + (2) DNI del peticionario o abogado + (3) texto del edicto en Word.En ambos casos, el notario o juez indica en qué diarios y cuántas veces publicar.
Lista completa por vía
N° | Documento | Formato aceptado | Observaciones |
1 | Edicto original emitido por el Notario Público | Original o escaneado (PDF/foto nítida) | Debe tener firma y sello del notario visibles. El notario indica los diarios y número de publicaciones. |
2 | DNI o CE del solicitante (heredero que inicia el trámite) | Foto o PDF | El DNI debe estar vigente (no vencido) |
3 | Texto del edicto transcrito en Word | Archivo .doc o .docx | Copiar exactamente el texto del edicto notarial, sin modificaciones |
4 | Partida de defunción del causante | Escaneado o foto | Solicitada para verificación interna. No siempre requerida por el diario pero útil para la gestión. |
5 | Número de publicaciones y fechas preferidas | Indicarlo en el mensaje | El notario indica el número exacto de publicaciones. Si no indica fecha específica, coordinamos las disponibles |
Lista completa por vía
N° | Documento | Formato aceptado | Observaciones |
1 | Resolución judicial que ordena la publicación del edicto | Original o escaneado (PDF/foto nítida) | Debe tener firma y sello del juez o secretario. Debe indicar: diario, número de días y texto del edicto. |
2 | DNI o CE del peticionario o abogado | Foto o PDF | Puede ser el abogado patrocinante quien entregue los documentos |
3 | Texto del edicto transcrito en Word | Archivo .doc o .docx | Copiar exactamente el texto tal como aparece en la resolución judicial |
4 | Número de expediente y nombre del juzgado | Incluirlo en el mensaje de WhatsApp | Para emitir la constancia con los datos correctos del expediente |
¿En qué formato debo enviar los documentos?
Tipo de archivo | ¿Lo aceptamos? | Calidad mínima requerida |
Foto del celular (.jpg) | Sí | Nítida, sin sombras, sin cortes. Todos los sellos y firmas visibles. |
PDF escaneado | Sí — ideal | 300 DPI mínimo. Página completa sin cortes. |
WhatsApp Web (imagen) | Sí | La compresión de WhatsApp puede reducir calidad — revisar que sea legible |
Email con adjunto | Sí | PDF o JPG. Tamaño máximo: 25MB por archivo. |
Fotocopia simple | No | Las fotocopias sin sello original no son aceptadas por los diarios |
Documento original en mano | No es necesario | Gestionamos 100% de forma remota. No hace falta presentar el original físicamente. |
¿Qué pasa si no tengo todos los documentos?
Si todavía estás esperando la resolución o el edicto notarial
Podés consultarnos por WhatsApp antes de tener los documentos. Te informamos exactamente qué necesitarás y podemos hacer una pre-cotización estimada para que te prepares con el presupuesto. La publicación se inicia cuando recibimos el documento oficial completo.
Si el notario no te envió el edicto todavía
En la vía notarial, el notario emite el edicto después de revisar los documentos del expediente de sucesión. Si todavía está en proceso de elaboración, podés solicitarle al notario que te envíe el borrador para pre-cotización, aunque la publicación se hará con el edicto firmado y sellado definitivo.
Si el juzgado tiene demorado el edicto judicial
En la vía judicial, el secretario del juzgado tarda en emitir el edicto según la carga procesal del juzgado. No podemos publicar sin la resolución oficial firmada y sellada. Si hay urgencia por plazo procesal, es recomendable hacer seguimiento presencial en el juzgado.
¿Cuándo se deben enviar los documentos?
Enviá los documentos con al menos 3 días hábiles de anticipación a la fecha límite indicada por el notario o juez. Esto deja margen para:
- Revisión de documentos por nuestra parte (1-2 horas)
- Coordinación con el diario para la fecha de publicación (mismo día)
- Confirmación del pago antes de iniciar el trámite
- Margen para observaciones del diario si hubiera alguna (excepcional)