Publicar Aviso de Sucesión Intestada
Gestión Completa en El Peruano y Diarios de Lima
La sucesión intestada es el proceso legal mediante el cual se reconoce a los herederos de una persona fallecida que no dejó testamento válido. En Perú, este proceso puede tramitarse por vía notarial (Ley N° 26662) o por vía judicial (Código Procesal Civil). En ambas vías, la ley exige la publicación de edictos para citar a los posibles herederos y acreedores que pudieran tener derechos sobre los bienes del causante.
¿Por qué se publican edictos en la sucesión intestada?
El artículo 2340 del Código Civil y el artículo 749 del Código Procesal Civil establecen que en los procesos sucesorios deben publicarse edictos para:
- Llamar a todos los que se consideren con derecho a la herencia
- Notificar a los acreedores del causante para que presenten sus créditos
- Dar publicidad al proceso y garantizar el debido proceso
La publicación de edictos de sucesión intestada se realiza en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación, durante el número de días que el juez o notario indique (generalmente 3 veces en días distintos).
Vía Notarial vs. Vía Judicial — Diferencias en la Publicación
Aspecto
- Plazo total del proceso
- ¿Quién ordena el edicto?
- Publicaciones requeridas
- Tipo de edicto
- Requisito adicional
Sucesión Notarial
- 2-3 meses (más rápido)
- El Notario Público
- El Peruano + diario local (3 días)
- Edicto Notarial
- Todos los herederos deben estar de acuerdo
Sucesión Judicial
- 4-12 meses
- El Juez
- El Peruano + diario circulación
- Edicto Judicial
- Puede haber controversia entre herederos