Todo 100% Remoto

¿Puedo Publicar un Edicto sin Ir al Juzgado ni al Diario?

Sí. Para publicar un edicto judicial o notarial en el Perú no es necesario ir ni al juzgado ni a las oficinas del diario. Solo necesitás el documento oficial en formato digital (foto o PDF del escaneado). Una agencia autorizada como TuEdicto.com.pe presenta el aviso directamente ante la Editora Perú o el diario correspondiente de forma remota. El proceso completo puede hacerse 100% por WhatsApp desde cualquier parte del Perú.

¿Qué sí tenés que hacer en persona y qué no?

Trámite ¿En persona? ¿Remoto? Detalle
Obtener la resolución del juzgado Generalmente sí Algunos juzgados envían por email El secretario del juzgado entrega o envía la resolución
Obtener el edicto notarial Sí — en la Notaría Algunas notarías envían por email El notario emite el edicto y lo entrega al solicitante
Presentar el aviso al diario No Sí — TuEdicto lo hace por vos La agencia presenta el aviso directamente
Pagar el aviso al diario No Sí — se paga a TuEdicto Pago por Yape, Plin, transferencia o tarjeta
Retirar la constancia del diario No Sí — llega por WhatsApp/email TuEdicto envía constancia y recorte digital
Presentar constancia al juzgado/notaría Puede ser en persona o digital Depende del juzgado/notaría Algunos juzgados aceptan constancia digital
Desde tu compu o celular

Proceso completo paso a paso

¿Qué pasa si mi juzgado está en provincia y el diario es de Lima?

No hay problema. TuEdicto.com.pe atiende clientes de Arequipa, Trujillo, Piura, Cusco, Iquitos, Chiclayo y todas las regiones del Perú. La publicación en el Diario Oficial El Peruano y en los principales diarios de Lima se gestiona de forma centralizada en Lima, por lo que no importa desde dónde enviés los documentos.

¿Aceptan juzgados y notarías la constancia digital?

Depende de la entidad. La tendencia desde 2020 es que la mayoría de juzgados y notarías de Lima aceptan la constancia de publicación en PDF y el recorte escaneado. Sin embargo, algunos juzgados de provincia o jueces más conservadores pueden pedir el recorte físico del periódico.

¿Es legal publicar el edicto a través de una agencia sin firmar ningún contrato presencial?

Sí. La Ley General de Sociedades y el Código Procesal Civil del Perú no exigen que el interesado presente el aviso en persona. La Editora Perú y los principales diarios aceptan presentaciones de terceros (agencias) en nombre del interesado. Lo que importa es que el documento oficial esté correctamente firmado y sellado por el juzgado o notaría.

Preguntas frecuentes

Una foto nítida con el celular es suficiente, siempre que el documento sea legible, no esté cortado y los sellos y firmas sean visibles. TuEdicto.com.pe revisa la calidad de la imagen antes de cotizar. Si la foto no es suficientemente clara, te indicamos qué partes deben estar más nítidas.
Sí. Estudios jurídicos, abogados, notarías y empresas pueden contratar a TuEdicto.com.pe para publicar edictos en nombre de sus clientes. Solo necesitan el documento oficial del caso. Ofrecemos condiciones especiales para clientes recurrentes como estudios de abogados.
El plazo para publicar el edicto lo indica la resolución del juzgado. Generalmente el juez ordena publicar dentro de un plazo de 5 a 15 días hábiles desde la notificación de la resolución. TuEdicto.com.pe puede confirmar la fecha de publicación en el mismo día en que recibe los documentos.

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